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31-01-2022

Preocupación de los adjudicatarios del Plan TUVI

Entre los puntos, mencionaron que no fueron convocados para firmar el contrato y no recibieron factura de los depósitos realizados. Además, observan precariedad en las construcciones levantadas.

 

El pasado viernes, Verte publicó una serie de situaciones planteadas en el plan de construcción de viviendas prefabricadas del TUVI en el Barrio Pickelado.  Luego, adjudicatarios de ese plan que se comenzó a construir en diciembre pasado se comunicaron para manifestar otras cuestiones.

 

En primer lugar, advierten que ya pagaron lo que se licitó por la oferta de la vivienda, en algunos casos superan el millón de pesos, y aún no tienen factura de ese acto. El dinero se desembolsó en la cuenta oficial del Municipio de Olavarría.

 

En segundo lugar, no han sido convocados aún a firmar el contrato por esa vivienda, de manera de conocer a qué cuestiones se compromete la empresa que está levantando las mismas. “Hoy, el propietario no sabe a ciencia cierta qué compró”, dice uno de los adjudicatarios consultados.

 

En tercer lugar, y lo que ha generado la mayor inquietud, es que una recorrida por la obra muestra una precariedad absoluta en los trabajos realizados. La principal duda que tienen es si se están cumpliendo con los estándares fijados para este tipo de construcción denominado “wood framing”.

 


Otras fuentes consultadas por Verte, y que estuvieron en contacto directo con la obra, señalan que hay deficiencias serias en los materiales utilizados, ya que “todo se hizo para abaratar costos”. Puso dos ejemplos de trabajos mal ejecutados: la malla del encofrado y las tapas de los pozos.

 

 

También se apuntó que en varias ocasiones, antes que llegaran las inspecciones de obra, se hacía una especie de “puesta en escena” para que pareciera que estaba avanzada y después se desmontaba todo. Eso permitía cobrar el certificado de avance de obra.

 

No es un capítulo aparte las severas deficiencias con la contratación del personal: los casos relevados por este medio vuelven señalar situaciones de empleo sin la debida registración. En el artículo 35 del pliego de especificaciones legales particulares se señala que “la empresa contratista debe proceder al pago en término de las remuneraciones de agentes y operarios efectuando depósitos que den cumplimiento a leyes previsionales, sociales y sindicales”

 


 

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