02-12-2024
Se complejiza el acceso de los jubilados a los remedios sin costo. Quedó restringido a quienes ganen menos de un haber mínimo y medio.
El gobierno nacional informó este lunes que la entrega de medicamentos gratuitos a jubilados y pensionados quedó restringido a quienes ganen menos de un haber mínimo y medio.
Además, deberán realizar un trámite de inscripción y cumplir con una serie de requisitos.
“Adicionalmente a todas las coberturas que tenemos seguiremos garantizando el acceso total a medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten”, señaló el PAMI en un comunicado de prensa.
“Todo aquel afiliado que no pueda pagarlo, puede iniciar el trámite para obtener el subsidio social. Quien no está inscripto debe hacerlo. Es un trámite simple que se puede iniciar en la web y luego presentarse en la agencia” dijo el titular del PAMI, Esteban Leguízamo.
Los descuentos de los medicamentos al 50%, 60 y 80% siguen sin modificaciones.
Si bien el parte de prensa no lo aclara, los jubilados que deseen mantener este beneficio deberán realizar la inscripción en la página del PAMI.
El comunicado de PAMI tampoco precisa desde cuándo rige la medida, aunque diferentes denuncias de jubilados aseguran que comenzó este 1 de diciembre.
“El Instituto tiene que financiar la demanda, y no la oferta como era antes. Ese es el concepto de administración más importante que tenemos. Estas medidas de reordenamiento buscan poner fin a las irregularidades dentro del sistema que se detectaron en los últimos años, desde abusos en la solicitud de medicamentos hasta fraudes relacionados con recetas falsas”, subrayó.
Las condiciones para acceder al subsidio social
• Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales (el haber mínimo de diciembre es de $259.597,80, por lo que 1,5 del mínimo es $389.396,70, sin tener en cuenta el bono extra de $70.000) o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
• No estar afiliado a una prepaga.
• No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
• No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
• De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE?
El trámite podrá realizarlo la persona afiliada, su apoderado/a o familiar.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?
Documento Nacional de Identidad.
Receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión).
Declaración Jurada
En caso de necesitar más de 4 medicamentos por Subsidio Social, deberá presentar el formulario de medicamentos.
RENOVACIÓN:
Receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión).
Declaración Jurada
¿DÓNDE PUEDO REALIZAR ESTE TRÁMITE?
Este es un trámite web. Podés realizarlo desde tu celular, tablet o computadora.
También podés realizar este trámite en tu agencia.