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Policiales Unanimidad de voces en contra de derogar la figura del “femicidio”

26-01-2025

Unanimidad de voces en contra de derogar la figura del “femicidio”

Piden, en cambio, que se preste atención a la cantidad de muertes de mujeres y a la necesidad de generar soportes comunitarios y sociales.

Esta semana, el gobierno del presidente Javier Milei anticipó algunos de los proyectos que impulsará durante el año legislativo. Así es que el propio ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona confirmó que buscarán la eliminación de la figura del femicidio del Código Penal Argentino.

 

La figura de femicidio como agravante fue incorporada al Código Penal en el artículo 80, inciso 11, tras la sanción de la Ley 26.791, publicada en el Boletín Oficial el 14 de diciembre de 2012.

 

En Casa Rosada consideran que "el Estado no puede hacerse cargo de cada sector que se considere minoría". Bajo esta premisa trabajan en los detalles del proyecto denominado Igualdad ante la Ley, que busca derogar lo que el gobierno define como "discriminación positiva".

 

El proyecto incluye la derogación de la Ley de Identidad de Género, algunos puntos de la Ley Micaela, el DNI no binario, la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas trans y la Ley de Paridad Electoral en Ámbitos de Representación Política.

 

Ante este panorama, parece oportuno convocar a distintas voces locales para que puedan explicar los alcances de esas leyes vigentes y las implicancias que tendría su derogación o revisión.

 

María Eugenia Iturralde es Doctora en Comunicación, investigadora y docente en la Universidad Nacional del Centro, integrante del Frente Ni Una Menos y toma la iniciativa para pensar esta situación.

 

Para situar el debate planteado, tenemos que retrotraernos al año 2012 cuando se sancionó la Ley 26.791 que incorpora, en los incisos 11 y 12 del artículo 80, referencias que se relacionan a los conceptos de femicidio y femicidio vinculado como agravantes del homicidio. Hay que aclarar, sin embargo, que aún existiendo este agravante dentro del Código Penal, en algunos casos, en los que claramente podía ser aplicable, la Justicia no siempre lo aplicaba.

 

Desde el lugar de las ciencias sociales hace décadas que se efectúan aportes a la conceptualización de los femicidios, a los que -en pocas palabras- podemos entender como crímenes atravesados por la crueldad, en los que las mujeres son consideradas como usables, prescindibles, maltratables y desechables.

 

Son delitos que desnudan el abuso de poder de un varón por sobre una mujer, en relaciones donde no existe igualdad entre las partes.

 

El reconocimiento de las violencias por razones de género en el sistema jurídico argentino las posicionó como un problema público, que requiere del esfuerzo de todas las instituciones y de la sociedad en su conjunto para que se erradique.

 

Hasta hace pocos años estas situaciones eran consideradas un problema de índole privado, desconociendo su raíz social e histórica, que por lo general surge como reacción ante el ejercicio de autonomía por parte de las mujeres.

 

Es importante advertir que ante un vínculo en el que una parte domina a la otra, cuando la parte dominada se expresa autónomamente la parte que domina reacciona de forma violenta.

 

La configuración de nuestras sociedades desde hace décadas muestra conquistas en la construcción de relaciones más igualitarias, sin embargo, el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina publicado por la Corte Suprema de Justicia da cuenta que, en 2023, en Argentina, existieron 272 víctimas letales de violencia de género (entre las que no solo se contabilizan mujeres) y un 64% fueron asesinadas por su pareja o expareja.

 

El retroceso, en el reconocimiento de las violencias por razones de género como un problema público, se traduce en la aplicación de menos políticas públicas diseñadas para abordar las violencias por razones de género, que encuentran en los femicidios y femicidios vinculados su expresión más extrema.

 

Entre otras cuestiones, esto hace que las personas que vivencian situaciones de violencia de este tipo no accedan a abordajes institucionales prestados por profesionales con formación en perspectiva de género y diversidad.

 

En esos contextos, son las organizaciones sociales las que suelen absorber esas demandas desde la buena voluntad, sin financiamiento de ningún tipo y apelando al fortalecimiento de lazos que se construyen entre personas que buscan cambiar el curso tradicional de la historia.

 

Es decir, el no reconocimiento de estas situaciones como un problema público lleva a una disminución significativa de los actores involucrados en su resolución.

 

Una especialista en derecho


También accedió a sentar su posición sobre el tema la abogada Natasha Targiano, diplomada en Derecho penal, género y niñez y representante legal de Animate, asociación civil dedicada al acompañamiento de víctimas de abuso sexual contra las infancias.

 

Ella considera que la gestión actual de gobierno está decidida a terminar con toda política pública gestada desde la perspectiva de género. En su avanzada contra las mujeres y disidencias, ya cerró el Ministerio de la Mujer, dio de baja programas asistenciales claves destinados a víctimas de violencia de género y ahora se prepara para la estocada final: eliminar la figura del femicidio del Código Penal.

 

El 14 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 26.791 que incorporó la figura de femicidio dentro del artículo 80. Allí se estableció que cuando un hombre mate a una mujer mediando violencia de género se le impondrá la pena de prisión perpetua. La ley cambió además otros tres incisos de ese artículo, ampliando las figuras de femicidio íntimo, homicidio por odio a la identidad de género y su expresión y el femicidio vinculado.

 

La incorporación de este tipo penal sanciona de manera adecuada y específica la violencia machista, cumpliendo de ese modo compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentinol.

 

La modificación que pretende el gobierno representa un peligro mayor para mujeres y niñas, teniendo en cuenta que en el 2024 se cometieron 267 femicidios, es decir, 1 cada 33 horas, según el relevamiento realizado por el Observatorio “Ahora que sí nos ven”.

 

La figura del femicidio responde a una realidad concreta que azota a nuestro país y el mundo hace años: las mujeres somos asesinadas por el solo hecho de serlo.

 

Que nuestra legislación contemple y criminalice con la pena mayor este flagelo no es un “privilegio”, sino un reconocimiento que la violencia de género existe, es fundamental que sea visibilizada y que la Justicia cuente con herramientas para prevenirla y sancionarla.

 

De aprobarse esta reforma, mujeres y disidencias estaremos totalmente desamparadas, a merced de relaciones y vínculos machistas y patriarcales que nos cosifican, agreden, vulneran y nos desechan, con el agravante de contar esta vez con el aval del Estado .

 

Si hace 13 años que la ley protege nuestras vidas bajo la figura jurídica del femicidio, y aún así cada año los números de muertes por violencia de género han ido en aumento, es terrorífico y desesperante imaginar el futuro que viviremos cuando los violentos se sientan amos y señores de nuestros cuerpos sin temor a sufrir las consecuencias de la ley.

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