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Salud Proyecto contra el DNU para la venta libre de medicamentos

25-04-2025

Proyecto contra el DNU para la venta libre de medicamentos

Fue presentado en el HCD por la titular del Colegio de Farmacéuticos, Celeste Fernández Chávez, quien advirtió sobre los graves riesgos que implicaría la práctica. Hubo fallo favorable de la Justicia

 

La presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Olavarría, Celeste Fernández Chávez, presentó este viernes en el HCD un proyecto de ordenanza que pretende frenar los alcances del DNU del gobierno nacional en materia de venta libre de medicamentos.

 

En su artículo primero el texto dice: “Adhiérase a la ley provincial 10606 y decreto reglamentario 2162/2015, que establece que la dispensación al público de medicamentos y material aséptico sólo se efectuará en las farmacias, quedando terminantemente prohibido realizarlo fuera de las mismas, aún cuando se tratara de aquellos de venta sin receta o libre”.

 

El Artículo 2 expresa que “de acuerdo a lo expuesto en el artículo precedente queda prohibida la venta de medicamentos fuera de las farmacias incluyendo de los que tengan la condición de venta libre”.

 

Mientras que el Articulo 3 “faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer herramientas de trabajo a fines de que en conjunto con el Colegio de Farmacéuticos de esta Ciudad puedan prevenir conductas que afecten negativamente la salud de la población y a establecer mecanismos de promoción y difusión del contenido de la presente ordenanza”.

 

“Hay una gran confusión desde el DNU de 2023 que habilita para la venta de los mal llamados ‘medicamentos de venta libre’ fuera de las farmacias. En la provincia de Buenos Aires rige la Ley de Farmacias que prohíbe la venta de medicamentos fuera de farmacias en cualquier condición que sea, venta libre o bajo receta” recordó Celeste Fernández Chávez.


La titular del CFO mencionó que el propósito de este proyecto de ordenanza es “informar a la población y sobre todos a los comercios que puedan incurrir en ese error, para que no se produzca un ilícito por el desconocimiento de esa ley”.


“La venta de medicamentos fuera de las farmacias afecta a la salud de la población en forma directa y el riesgo que implica adquirir un medicamento fuera de los canales seguros. Defendemos el modelo de la provincia de Buenos Aires, que trata al medicamento como tal. No como una mercancía, sino como un bien sanitario” insistió.


Este proyecto de ordenanza va en paralelo con un programa del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, llamado ‘Medicamentos seguros’.


“El DNU pretende tratar al medicamento como una mercancía, correr al farmacéutico de su verdadera función, que es proteger la salud de la población y asegurar que el medicamento que llega a las manos de los pacientes sea consumido de una manera segura” resaltó Fernández Chávez.


“El riesgo del medicamento que se adquiere fuera de las farmacias primero es que fue entregado por una persona que no tiene las herramientas como para asesorarlo sobre el consumo y tampoco tiene la forma de controlar su proveniencia” remarcó.


La presidenta del Colegio resaltó que el farmacéutico cuenta con “un sistema de trazabilidad que hace un seguimiento del medicamento desde que sale del laboratorio, a la droguería, la farmacia hasta que se entrega al cliente”.


“Tenemos un sistema de fármaco vigilancia en la provincia de Buenos Aires que permite que un medicamento que sale del laboratorio con una falla o que produce algún efecto secundario en la población se pueda retirar en un lapso de 24/48 horas del mercado, ya que se nos informa en forma directa qué medicamento, número de lote y fecha de vencimiento hay que retirar y nosotros lo devolvemos” destacó.


“Esto no sucede con un medicamento que llega a un kiosco, a un almacén o cualquier otro lugar donde se desconoce. Sumado al riesgo de la conservación, que los farmacéuticos estamos en conocimiento y nos preocupamos de que se cumplan las normas, por las dosis de los medicamentos, la interacción. Hay cosas muy sencillas, como por ejemplo un tecito antigripal, que una persona hipertensa no puede consumir” planteó.

 

En paralelo, este mismo viernes se supo que la Justicia, con el voto unánime de los jueces intervinientes, respondió al reclamo de las entidades farmacéuticas CoFa y FeFARA, que se mantuvieron firmes en la defensa de la profesión farmacéutica y su carácter sanitario.

 

Aval de la Justicia
 

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por dos cámaras farmacéuticas y suspendió los efectos de varios artículos del DNU 70/2023. Entre ellos, se encuentran los que habilitaban la venta de medicamentos fuera de las farmacias.


Otros artículos permitían que un farmacéutico estuviera a cargo de más de un local y autorizaban a las droguerías a funcionar como farmacias. Esta decisión revierte el fallo de primera instancia que había rechazado la cautelar y apoyado la postura del Gobierno.


La sentencia, firmada por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, suspende los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del decreto, así como sus resoluciones reglamentarias. Según un comunicado de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara), el fallo reafirma que la actividad farmacéutica es una función sanitaria indelegable que no puede reducirse a una lógica comercial, en línea con el precedente "Farmacity" de la Corte Suprema.
 

 

 

 

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